sábado, 9 de diciembre de 2017

¿Sistema de prevención del lavado de activos o Sistema de prevención de riesgos penales?

Las normas sobre prevención del lavado de activos, los sujetos obligados deben implementar y mantener en funcionamiento un sistema de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, en adelante sistema de prevención de LA/FT, con la finalidad de evitar ser utilizados para fines delictivos relacionados con los ilícitos penales detallados precedentemente.
Del mismo modo, la Ley N° 30424, que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas, prevé la adopción de un modelo de prevención, que denominaré sistema de prevención de riesgos penales, en adelante sistema de prevención de RP, con el propósito de que la persona jurídica a quien se le atribuye los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo, quede exenta de pena o reciba una pena atenuada.
A partir de dicho escenario normativo, habría una aparente identidad entre ambos sistemas de prevención, lo que podría tener consecuencias adversas en términos del cumplimiento de ley, así como de las expectativas que pudieran formarse frente a una eventual imputación de los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo.
Con el propósito de delimitar el ámbito de aplicación de los referidos sistemas de prevención, a continuación, expondré brevemente sus semejanzas y diferencias.
Semejanzas:
1.      El sistema de prevención de LA/FT y el sistema de prevención de RP permiten prevenir y detectar conductas delictivas cometidas a través o dentro de su organización.
2.      Ambos sistemas de prevención se fundamentan en la gestión de riesgos, que implica identificar y evaluar los riesgos a los que se encuentra expuesto el sujeto titular de dicho sistema.
3.      Ambos sistemas de prevención son administrados por un oficial de cumplimiento, responsable por su adecuado funcionamiento.
4.      Los elementos del sistema de prevención de RP (políticas, procedimientos, control, difusión), lo son también del sistema de prevención de LA/FT.
5.      Ni el sistema de prevención de LA/FT ni el sistema de prevención de RP requieren ser certificados sobre su composición, idoneidad o funcionamiento.
Diferencias:
1.      El sistema de prevención de LA/FT está dirigido tanto a personas naturales como personas jurídicas; el sistema de prevención de RP está dirigido únicamente a personas jurídicas.
2.      El sistema de prevención de LA/FT forma parte del Derecho administrativo sancionador; mientras que el sistema de prevención de RP está regulado por el Derecho penal.
3.      El sistema de prevención de LA/FT comprende los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo; en tanto que el sistema de prevención de RP abarca, además, el delito de cohecho.
4.      El sistema de prevención de LA/FT permite identificar y comunicar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú operaciones sospechosas de lavado de activos o de financiamiento del terrorismo; el sistema de prevención de RP permite identificar y denunciar penalmente ante el Ministerio Público la comisión de los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo.
5.      El sistema de prevención de LA/FT comunica operaciones sospechosas realizadas por los clientes del sujeto obligado; por el contrario, el sistema de prevención de RP denuncia los delitos de cohecho, lavado de activos o financiamiento del terrorismo cometidos por sus trabajadores.
6.      El sistema de prevención de LA/FT tiene carácter obligatorio para los sujetos obligados; en tanto que el sistema de prevención de RP es opcional para las personas jurídicas.
7.      El sistema de prevención de LA/FT evita que el sujeto obligado incurra en una infracción administrativa; mientras que el sistema de prevención de RP evita que la empresa sea responsable penalmente por la comisión de un delito.
Con lo expuesto, se tiene el sistema de prevención de LA/FT es diferente al sistema de prevención de RP, aunque parecidos, cada uno tiene sus propias características y finalidades.

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